El Gobierno Vasco ha aprobado hoy un decreto sobre las condiciones de trabajo en la Ertzaintza que, entre otras cuestiones, rebaja de 56 a 55 años la edad a partir de la cual los agentes podrán acceder a la segunda actividad en este cuerpo.
Este decreto es fruto del acuerdo alcanzado en el ámbito de la Mesa negociadora del personal de la Ertzaintza celebrada el pasado 6 de junio entre el Departamento de Seguridad y los sindicatos ErNE y Esan.
Lo acordado, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2019, afecta principalmente a la Unidad de Brigada Móvil y a la regulación del servicio activo modulado por la edad o segunda actividad, que supone dejar la calle y pasar a tareas de oficina.
Así el decreto de segunda modificación del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de la Ertzaintza que hoy ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno rebaja de 56 a 55 años la edad a partir de la cual se puede acceder a la segunda actividad.
También establece que quienes se incorporen voluntariamente a esta segunda actividad a los 55 años asumirán el compromiso de hacer también turno de noche hasta los 59 años, mientras que quienes accedan con 56 años podrán optar por la exención del trabajo nocturno o hacerlo percibiendo un complemento de productividad.
En lo que a la Unidad de Brigada Móvil respecta, el decreto regula la unificación de la sección clásica y la sección de apoyo, modifica la estructura de puestos de trabajo y establece una nueva regulación de horarios, ciclos de trabajo y actividades de entrenamiento.
Además, entre otras medidas, se reconoce un complemento de productividad hasta un importe máximo de 1.000 euros/año por la realización de tareas correspondientes al servicio de respuesta inmediata de Brigada Móvil.