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Un juzgado de Vitoria anula los criterios para elegir a los cargos de LD en la Policía vasca

17/02/2020

La sentencia da la razón a ErNE y advierte que la confianza debe estar vinculada a la capacidad para realizar las funciones y no a las relaciones personales con la dirección de la Ertzaintza
El sindicato ErNE que interpuso un recurso contra el procedimiento de selección de mandos policiales realizado en el año 2017 por la consejera Estefanía Beltrán de Heredia estima que alrededor de 200 mandos policiales se verán afectados por la repetición de este proceso.

El juzgado número 1 de Vitoria ha dictado una sentencia que tumba los criterios utilizados hasta ahora por el Departamento de Seguridad para elegir de entre sus mandos policiales a aquellos que por la «confianza» que le generan acceden a los puestos de libre designación.

El fallo judicial advierte que la elección de estos altos mandos policiales no puede ser ajena a los criterios de «imparcialidad y objetividad» e interpreta que la «confianza» debe primar la elección del «candidato más cualificado para el desempeño del puesto».

La sentencia recuerda que tanto la normativa para el conjunto de España como la específicamente vasca admiten los procesos de libre designación cuando los puestos a ocupar tienen una «especial responsabilidad» y también exigen una «especial confianza en el puesto». Pero la magistrada advierte que la redacción de la base 4.2 de la resolución de junio de 2017 que regulaba este procedimiento interno incurre en un «vicio que acarrea nulidad». El criterio de la jueza es claro al considerar que la redacción utilizada por el Ejecutivo de Urkullu utiliza «el componente de confianza con requisito anudado al aspirante y no al desempeño del puesto». 

La sentencia establece como «oportuna y necesaria» la inclusión de un baremo de méritos. 

La parquedad de la descripción general de los méritos y la inexistencia de una real y objetiva ponderación de méritos concita el riesgo de que el órgano de calificación pueda adaptar el fundamento de la decisión y utilizar cualquier motivación para justificar la elección de un candidato, que podría ser el previamente preferido por razones extrajurídicas, apunta la sentencia reforzando desde el ámbito judicial uno de los argumentos utilizados reiteradamente por el secretario general de ErNE Roberto Seijo contra este tipo de procedimientos.

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