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Getxo deberá respetar el complemento de desplazamiento a sus trabajadores

06/05/2025

El Tribunal Superior da la razón a ErNE que denunció al Ayuntamiento por no reconocer el suplemento a un policía procedente de Vitoria

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJPV) ha dictado una sentencia contra el Ayuntamiento de Getxo por la que reconoce el derecho de un agente de la Guardia urbana al complemento de destino. Se trata de una cuantía que los policías cobran y que, según ratifica el juzgado, «una vez obtenido, se conserva a lo largo de toda la vida profesional».


El tribunal da la razón a un uniformado que llegó a la localidad proveniente del Ayuntamiento de Vitoria y que solicitaba que se le reconociese la consolidación del nivel 19. Por este concepto debía cobrar en torno a «60 euros al mes». Sin embargo, el Consistorio getxotarra se negó a pagarlo, porque el agente había obtenido el complemento en otra administración diferente a donde actualmente trabajaba. Alegaba, además, que de reconocérselo se vulneraría el «principio de igualdad respecto a los miembros de la Policía Local de Getxo que tuvieran idéntica categoría y desempeñasen el mismo puesto de trabajo, pero que percibían un complemento de destino menor». Los agentes getxotarras tienen reconocido un complemento de destino 17.


El tribunal analizó si el Consistorio getxotarra debía respetar dicho suplemento personal y si éste era vinculante para la Administración vizcaína. Consideraba que se trataba de una cantidad fijada en atención al nivel de puesto de trabajo que desempeñaba. Todos los funcionarios cuentan con una, clasificada en 30 niveles.


Según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, el tribunal considera que es un «derecho de carácter individual, con independencia de la administración la que preste sus servicios y conlleva, por tanto, que haya que reconocerse el grado individual conseguido en otra administración». El fallo recuerda que en este caso además el demandante tiene «los dos puestos en la misma subescala de la administración», puesto que en ambos ayuntamientos ejercía como agente local. Es más, insiste el TSJPV que la Ley de Policía del País Vasco introduce precisamente criterios que fomentan el derecho a la movilidad entre administraciones como un derecho a la carrera administrativa. «Que haya conseguido acceso al Ayuntamiento de Getxo en turno libre o por el de movilidad no puede conllevar una merma de sus derechos en su carrera administrativa», recoge el dictamen.


Los jueces vascos tienen en cuenta otras sentencias que recuerdan que «no tendría ningún sentido que un empleado público que vuelva a su administración inicial pueda consolidar el nivel de complemento de destino del puesto que ha desempeñado en otra administración y no pueda tener en la segunda el consolidado inicialmente».


El demandante recuerda que los funcionarios de carrera, como es el caso de los policías, tendrán garantizados los «derechos económicos alcanzados o reconocidos en el marco de los sistemas de carrera profesional establecidos por las leyes de cada administración pública». Apunta, en este sentido, a la reciente jurisprudencia del Supremo, que establece el reconocimiento del grado personal; y aunque puntualiza que, a mismo trabajo se debe tener la misma retribución, niega que esa denominada igualdad retributiva se extienda al nivel de cada uno.


El sindicato ErNE, con representación en el Ayuntamiento de Getxo, han valorado «positivamente» la victoria judicial y la desestimación del decreto de alcaldía. «Esta sentencia sirve para todos los trabajadores», según ha recordado. «Al desestimarse por el TSJPV el recurso y después de ganar en primera instancia en el Contencioso Administrativo, se da una fundamentación jurídica incontestable y apabullante contra los intereses del Ayuntamiento».


Desde la central se ha criticado al departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Getxo por «tener la costumbre de no llegar a acuerdos aún con los temas que son de sentido común». ErNE ha recriminado que «agota los plazos y recursos administrativos. En muchos casos utiliza la inactividad administrativa y, en casos en que los artículos no son claros y necesitan interpretarse, históricamente este departamento va en contra de los trabajadores».


En esta línea, critican que la institución local aboca a sus funcionarios a «largos trámites administrativas para después obligarles a ir a la vía judicial, donde tras una larga espera suelen dar la razón a los propios trabajadores, condenando en costas al Ayuntamiento y a que paguen los ciudadanos». ErNE ha explicado que «esperamos que con la nueva jefatura de Personal cambien los procedimientos y se dejen de utilizar recursos públicos para los litigios enfocados contra los derechos de los empleados».




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